El 27 de diciembre de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Regla 3.1.42 de las Reglas Generales en Materia de Comercio Exterior.
Pero su impacto práctico es mucho más amplio: hoy la autoridad aduanera define con mayor claridad qué documentos deben existir para demostrar que una operación de comercio exterior realmente ocurrió.
La pregunta clave es directa:
¿Tu empresa puede probar la materialidad de cada importación o exportación?
Qué establece la nueva Regla 3.1.42
La regla señala que quienes realicen operaciones de comercio exterior deben contar con documentación que acredite el flujo real de la operación.
Entre los elementos que la autoridad puede revisar se encuentran:
- Relación comercial con el proveedor
- Negociación previa
- Orden de compra
- Comprobante de pago
- Documentación de transporte
- Evidencia de entrega de la mercancía
- Soporte logístico y documental integral
No se trata sólo del pedimento y la factura.
Se trata de construir un expediente completo de materialidad.
Por qué esta regla aumenta el riesgo para las empresas
Muchas empresas realizan operaciones reales, legítimas y pagadas.
Sin embargo, en la práctica operativa es común que:
- No exista contrato formal firmado
- La negociación no se conserve
- La evidencia logística quede dispersa
- No se integre un expediente único por operación
- Cada área resguarde información por separado
Y en una revisión, la autoridad puede interpretar la falta de alguno de esos elementos como indicio de irregularidad. El problema no es que la operación sea falsa, el problema es que la documentación no esté integrada conforme al nuevo estándar.
Nuestra asesoría legal para empresas asegura que tu estructura documental y contractual sea robusta y cumpla con los estándares de cualquier auditoría.
¿Qué puede pasar si el expediente está incompleto?
Dependiendo del caso, la autoridad podría:
- Cuestionar la materialidad.
- Desconocer valor declarado.
- Presumir irregularidades.
- Iniciar procedimientos que afectan inventarios y flujo de efectivo.
En comercio exterior, el impacto no es sólo fiscal; ¡es operativo!
Lo que muchos empresarios no han advertido
La Ley Aduanera no contiene una lista cerrada de documentos obligatorios como la que ahora detalla la regla.
Sin embargo, en la práctica, la autoridad puede utilizar la Regla 3.1.42 como estándar probatorio de materialidad.
Esto implica que muchas empresas podrían estar operando con mayor exposición de la que perciben.
Preguntas que todo director o dueño debería hacerse hoy
¿Tenemos un expediente documental por cada operación de importación o exportación?
¿La documentación está centralizada o dispersa entre áreas?
¿El área operativa sabe qué conservar y por cuánto tiempo?
¿Estamos preparados para que la autoridad revise una operación específica de hace dos o tres años?
Si alguna de estas preguntas genera duda, hay una oportunidad de mejora.
La verdadera diferencia está en la prevención
Hoy la autoridad está enfocada en materialidad. No basta con pagar correctamente. Hay que poder probarlo documentalmente.
Las empresas que revisen y fortalezcan su integración documental antes de una auditoría estarán en una posición mucho más sólida que aquellas que reaccionen cuando ya exista un requerimiento.
Evaluación preventiva de la Regla 3.1.42. ¿Conviene revisar tu caso?
Cada empresa tiene un nivel de exposición distinto:
- Algunas ya cumplen sin saberlo
- Otras requieren ajustes puntuales
- Algunas tienen riesgos relevantes no visibles
Una revisión preventiva puede evitar contingencias que impacten:
- inventarios
- flujo de efectivo
- continuidad operativa
- cumplimiento aduanero
Si tu empresa realiza operaciones de comercio exterior y quieres evaluar tu nivel real de exposición frente a la Regla 3.1.42, vale la pena revisarlo antes de que lo haga la autoridad.
¿Por qué contar con asesoría especializada en la Regla 3.1.42?
Un abogado en comercio exterior no solo revisa documentos; analiza la materialidad real de tus operaciones, identifica brechas de cumplimiento y fortalece tu expediente antes de una revisión por parte de la autoridad.
Si tu empresa realiza importaciones o exportaciones, es recomendable evaluar tu nivel de exposición y actuar de forma preventiva.



